Los derechos de traducción

Los derechos de traducción de una obra son, junto a los derechos de adaptación audiovisual, de los más delicados que existen, porque son los que permiten impulsar esa obra hacia nuevos horizontes de visibilidad y extender así su vida comercial, lo que sin duda ayuda al autor a consolidar su trayectoria como escritor.

Cualquier escritor es propietario absoluto de su obra y el único por tanto que tiene derecho a explotarla, es decir, a presentarla, reproducirla, distribuirla o crear copias basadas en ella. Esto incluye, lógicamente, el derecho a traducirla y el derecho a adaptarla a los medios audiovisuales. Sin embargo, a través del contrato de edición puede vender a terceros estos derechos o parte de ellos  por un tiempo concreto, o sea, cederlos a cambio de una remuneración.

Lo habitual, en cuanto a los derechos de traducción, es que cuando se firme un contrato de edición no haya mención explícita a la lengua o lenguas en que va a publicarse la obra (y cuando no existe esta mención, la obra solamente dará derecho al editor a publicarla en el idioma original). De hecho, la mediana anual de títulos españoles traducidos al inglés es de diez o doce, un número muy pequeño para la gran cantidad de autores que andan buscando esta oportunidad.

El 'rights manager'

Sin embargo, puede que nuestro contrato de edición sí mencione estos derechos. Las editoriales cuentan el rights manager, que es dentro de la casa editora el que mueve una obra y la presenta a otras casas en el extranjero. Sea como sea, en este caso debemos ir con mucho cuidado. Si la empresa editora no puede "asegurar" que vaya a traducir la obra a otros idiomas, cederle estos derechos en exclusiva es correr un riesgo: si después aparece una empresa que sí se compromete a ello, no vamos a poder negociar con ella hasta que el período de cesión que firmamos con la primera haya expirado. Por lo tanto, lo más prudente si la explotación de la obra en cuanto a traducción no está clara por parte de la editorial es cederle este derecho solamente con una exclusividad limitada o directamente no cedérselo. Para saber más acerca de este tema, lee El contrato de edición: sin abusos.

El agente editorial

Tener un agente literario puede sernos muy útil en este sentido, porque va a representar siempre nuestros intereses frente a la editorial y a resolver todos los trámites legales.  Además, el ámbito de actuación del agente no se circunscribe a un solo país; el agente viaja mucho, acude a las ferias internacionales del libro y tiene buenos contactos en diversas editoriales y agencias también extranjeras. De hecho, conoce perfectamente la línea editorial que siguen y puede presentarles nuestra obra. Además, a menudo recibe incluso demandas específicas (oye, estamos buscando un libro sobre "x" tema), y entonces busca si alguna de las obras que está representando podría encajar en esa solicitud. Para conocer más sobre la figura del agente literario, lee el artículo Qué es un agente literario. Si quieres saber cómo puede representar tu obra, lee Cómo contactar con un agente literario.

Una estrategia que va en aumento entre los agentes literarios es la conocida como "efecto dominó": se trata de presentar la obra directamente al mercado extranjero, pero desde abajo hacia arriba. Empiezan haciéndolo en mercados pequeños, como Portugal o Grecia, y si consiguen traducirla, de ahí, uno a uno, van accediendo a mercados cada vez más competitivos y dándole visibilidad internacional hasta poder venderla en Estados Unidos. Buscar directamente la traducción al inglés es complicado, porque es llegar de la nada y sin aportar garantías.

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